Para navegar en aguas españolas hace falta un título de navegación, es decir, un carnet de barco. Actualmente existen cinco títulos náuticos de recreo algunos de los cuales también permiten trabajar como profesional. La diferencia entre títulos reside principalmente en el tamaño de la embarcación y la distancia a la que se puede navegar. A continuación explicamos las posibilidades que ofrece cada título náutico y cómo obtenerlo.

Índice de contenidos

Es necesario un Certificado psicotécnico

El primer paso para obtener cualquier carnet de barco, licencia o título de navegación es la realización obligatoria de un examen o certificado psicotécnico, en Psicotécnicos dos de mayo podemos hacértelo en el momento. Contacta con nosotros para cualquier información adicional.

Veamos los distintos tipos de licencias y títulos de navegación existentes en España.

Licencia de Navegación (LN)

Permite navegar solo de día en embarcaciones a motor de hasta 6 metros de eslora y a un máximo de 2 millas de la costa. También autoriza a manejar motos de agua.

Para obtenerlo hay que superar un curso teórico-práctico de 6 horas en una escuela homologada, pero no hace falta ningún examen. La edad mínima es 16 años.

La Licencia de Navegación ha sustituido al titulín, como explicamos más adelante.

Licencia de Navegación

Título de Patrón de Navegación Básica (PNB)

Este título ya permite navegar tanto de día como de noche, en embarcaciones a motor de hasta 8 metros de eslora y a hasta 5 millas de la costa.

Para obtenerlo hay que realizar unas prácticas de navegación y seguridad, un curso teórico-práctico de radiocomunicaciones y aprobar un examen que hacen las comunidades autónomas. La edad mínima es 16 años.

Título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)

Con este título el tamaño máximo de la embarcación llega a 15 metros de eslora. La distancia máxima a la costa pasa a ser 12 millas y además permite la navegación entre islas en Baleares y Canarias.

Requiere 16 horas de práctica en un barco escuela y un curso de radiocomunicaciones de 12 horas. La formación para este título ya incluye cartas de navegación. La edad mínima es 18 años.

Título de Patrón de Yate (PdY)

Este título permite navegar en embarcaciones a motor de hasta 24 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 150 millas. Es requisito para obtenerlo estar en posesión del PER.

Título de Capitán de Yate (CdY)

Es el mayor título de embarcaciones de recreo. Con él desaparecen los límites de eslora y de distancia.

La formación para obtenerlo tiene un mínimo de 48 horas, incluyendo guardias completas de día y de noche. Hay que tener el título de patrón de yate para optar al de capitán de yate.

«Titulín»

El llamado “titulín”, en realidad una autorización federativa, desapareció en 2014 para ser sustituido por la Licencia de Navegación. Esta última tiene unas atribuciones algo superiores a las del “titulín”.

Navegación a vela

Todos los títulos desde Patrón de Navegación Básica ofrecen una habilitación para navegación a vela que requiere 16 horas de práctica en una escuela homologada. Sin esta habilitación, los títulos solo permiten manejar embarcaciones a motor.

Navegación a vela

Navegación sin título

Se puede navegar en España sin tener ningún título de navegación siempre que sea en una embarcación pequeña y cerca de un puerto. El tamaño máximo para embarcaciones a vela es 6 metros de eslora y, si es a motor, 5 metros de eslora y 15 CV de potencia. La embarcación no puede alejarse más de dos millas de un puerto. Fíjate en que en este caso el límite de distancia es respecto a un puerto, no la costa como en los títulos.

Trabajo como profesional

Los títulos de Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate permiten trabajar como profesional bajo ciertas condiciones y tras haber superado una formación específica.